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Ejercido por una Corte Suprema de Justicia y por tribunales inferiores. Es un poder independiente de los dems poderes.
Chloe Dabbah, Florencia Yudchak, Camila Zambosco, Daniela C. Stolovitzky
Nuestra Constitucion creo un doble orden judicial: •La Justicia nacional o federal: ejerce sus atribuciones (art. 116) en todo el territorio de la Argentina. •La Justicia ordinaria o comun: ejercida por los tribunales locales de cada una de las jurisdicciones provinciales, organizados de acuerdo con sus respectivas constituciones locales.
Interpreta el contenido de las normas y su deber es asegurar a todos los habitantes un servicio de justicia para resolver los conflictos que se presenten en la vida cotidiana de las personas y para hacer valer los derechos y las leyes.
La Corte Suprema es el tribunal maximo de justicia. Sus magistrados son elegidos por el presidente. Para ser juez hace falta ser abogado con ocho anios de ejercicio y calidades requeridas para ser senador. Entre las funciones del consejo de la magistratura estan: seleccionar mediante concursos publicos los postulantes a las magistraturas inferiores; y dictar los reglamentos relacionados con la otorgacion judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestacion de los servicios de justicia (art. 114)
•Es complejo, porque esta integrado por varios organos •Es compuesto, porque algunos tribunales son integrados por varias personas •Es jerarquico, porque la Constitucion Nacional califica a la corte como Suprema.
Poder Judicial
Para asegurar el funcionamiento del poder ejecutivo estan: •Los jueces: son asignados a su cargo con caracter permanente, son sedentarios, son inamovibles y son letrados. •El ministerio publico: promueve la actuacion de la Justicia en defensa de la legalidad e intereses generales de la sociedad, ejerce la defensa de los pobres y ejerce la defensa de los menores e incapaces. •Peritos: expertos en diversas materias, para que brinden su opinion especializada. •Abogados: son operadores del Derecho y auxiliares de la Justicia.
Entre los articulos mas importantes estan el 116, que habla de las atribuciones de la Corte Suprema; y el articulo 118, que dice las funciones de los jurados.
Jurisdiccion: capacidad de los jueces de resolver los casos que se someten a su consideracion. Un juez puede ejercer su jurisdiccion en determinados lugares y con respecto a determinados asuntos; para hacerlo, debe tener competencia en ese ambito, sino no es posible.